Después de un choque pasa algo curioso: los dos conductores tenían la preferencia, los dos iban despacio y los dos frenaron a tiempo. Es el efecto Rashomon del tránsito: cada uno cuenta su versión con total convicción. El problema es que el juez, la aseguradora o la contraparte no van a decidir por quién suena más convencido. Van a decidir por la evidencia. Y la evidencia de un accidente está en los vehículos y en el lugar, esperando que alguien la lea bien.
Qué determina un peritaje en un accidente de tránsito
Un peritaje de accidente de tránsito reconstruye técnicamente lo que pasó en esos pocos segundos. Responde, con método y respaldo, a cuatro preguntas:
- Dinámica del impacto: punto de colisión, ángulos, trayectorias antes y después del choque, posición final de cada vehículo.
- Velocidad: estimada a partir de huellas de frenado, deformaciones y desplazamientos, no de lo que "le pareció" a un testigo.
- Estado mecánico: frenos, neumáticos, dirección, suspensión y luces. Y la pregunta clave: ¿la falla existía antes del choque o es consecuencia de él?
- Causa basal: el factor que desencadenó el accidente, que puede ser una maniobra, una falla técnica o una combinación de ambas.
Un neumático reventado puede ser la causa del accidente o el resultado del golpe. Distinguir una cosa de la otra es, muchas veces, todo el juicio.
Dónde sirve el informe pericial del accidente
El mismo accidente puede abrir varios frentes a la vez, y en todos la prueba técnica pesa:
- Causa penal: cuando hay lesionados o fallecidos. En accidentes graves suele intervenir la SIAT de Carabineros con su propio informe, y tanto la fiscalía como la defensa pueden presentar peritos. Un informe independiente permite contrastar, complementar o cuestionar técnicamente lo que se concluyó.
- Juzgado de Policía Local: donde se discuten las infracciones y, en muchos casos, la demanda por los daños del vehículo. Ahí el juez aprecia la prueba según la sana crítica (art. 14 de la Ley 18.287), y la sola infracción no basta para fijar la responsabilidad civil: hay que acreditar la relación de causa a efecto con el daño. Justo lo que reconstruye un peritaje. Más detalle en cómo se valora la prueba pericial.
- Demanda civil: para cobrar daños materiales, lucro cesante o daño moral, hay que acreditar quién causó el accidente.
- Aseguradora: si la compañía discute la cobertura o la causa, el informe es la base del reclamo. Si ya te rechazaron, revisa qué hacer con un siniestro rechazado.
Las primeras 48 horas: lo que no puedes perder
La evidencia de un accidente se degrada rápido. La lluvia borra huellas, el taller cambia piezas y las cámaras sobrescriben sus grabaciones. Lo que hagas al principio define lo que después se puede probar:
- No repares el vehículo antes de la inspección pericial. Una pieza cambiada es una prueba perdida.
- Fotografía todo: posición de los vehículos, huellas en el pavimento, restos en la calzada, señalización y semáforos.
- Pide las grabaciones pronto: cámaras de locales, edificios y peajes suelen borrarse en pocos días.
- Anota testigos con nombre y teléfono, aunque creas que no los vas a necesitar.
- Guarda las piezas dañadas si el vehículo ya fue intervenido. Pueden examinarse igual.
Un buen peritaje no inventa lo que pasó: lo reconstruye con lo que quedó. Por eso, mientras antes se levante la evidencia, más sólida es la conclusión. Si quieres entender cómo se construye un informe que resiste un juicio, revisa qué es un peritaje mecánico forense.


